PROCEDIMIENTOS DE INVESTIGACIÓN
El Área de Defensa de Emakunde puede iniciar procedimientos de investigación para esclarecer posibles discriminaciones por razón de sexo en el sector privado.
Puede hacerse de oficio o a instancia de parte (a través de la presentación de una queja).
¿Cuándo puedo presentar una queja?
• Ante cualquier presunta situación de discriminación por razón de sexo en el ámbito privado.
• Dentro del plazo de un año desde que se conozcan los hechos que motiven la queja.
(Ejemplos más abajo)
¿Cuándo no puedo presentar una queja?
• Cuando el conflicto es relativo a una entidad del sector público.
• Cuando el objeto verse sobre la intimidad de las personas.
• Cuando el asunto haya sido presentado en la vía judicial.
¿Cómo puedo presentar una queja?
Se pueden presentar de forma electrónica o presencial. El formulario ofrece la oportunidad de añadir documentación en formato PDF.
PRESENTAR UNA QUEJA DE FORMA ELECTRÓNICA
PRESENTAR UNA QUEJA DE FORMA PRESENCIAL
Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer
Manuel Iradier, 36
01005 Vitoria-Gasteiz (Álava)
Tfno. 945 01 67 00
emakunde.defentsoria@euskadi.eus
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• Una convocatoria de empleo que establece como requisito ser varón.
• Alegan que no hay vestuarios para mujeres como motivo para no contratarlas.
• Preguntan sobre la vida privada y familiar en entrevistas de selección profesional.
• El cese de contrato al comunicar un embarazo.
• Denegación de ingreso a una asociación por ser mujer.
• Negación del derecho a excedencia o reducción de jornada.
• Insultos y comentarios vejatorios hacia las mujeres.
• Insinuación, propuesta o imposición de contacto sexual para mejora en el empleo.
• Limitaciones a la participación o trato inferior a las mujeres en el deporte.
• Los salarios de las mujeres son inferiores a los de los hombres por trabajo de igual valor.
