Atención y recursos asistenciales
Contenido
- Relación de servicios de la CAPV para apoyar a las mujeres víctimas de violencia (PDF, 4 MB)
- Servicio de Atención Telefónica a las Mujeres Víctimas de la Violencia contra las Mujeres - SATEVI
- Servicio de Atención a la Víctima - SAV
- Ayudas económicas a las víctimas de la violencia contra las mujeres
- Ayudas en materia de vivienda
Servicio de Atención Telefónica a las Mujeres Víctimas de la Violencia contra las Mujeres - SATEVI
SATEVI es un Servicio de Atención Telefónica a las Mujeres Víctimas de la Violencia contra las Mujeres - 900 840 111. Se trata de un servicio telefónico que garantiza una atención las 24 horas los 365 días del año constituido por un equipo de profesionales especializadas en prestar ayuda a mujeres víctimas de cualquier manifestación de la violencia contra las mujeres.
Además, este servicio también presta asesoramiento e información tanto a profesionales, como a familiares o personas allegadas que requieran solventar cualquier duda o cuestión
Se trata de un servicio que presta atención inmediata y anónima, orientación sobre los pasos a dar o información acerca de los recursos a disposición de las víctimas donde pueden recibir una atención personalizada si así lo desean.
Este servicio atiende llamadas en 51 idiomas, y dispone de un servicio para poder atender a personas con discapacidad auditiva.
Se trata de un espacio seguro, donde nadie va a saber que se ha llamado porque no deja rastro en la factura de teléfono.
Servicio de Atención a la Víctima - SAV
El Servicio de Atención a la Víctima (SAV), está ubicado en los Palacios de Justicia de Barakaldo, Bilbao, Donostia-San Sebastián, y Vitoria-Gasteiz, para ofrecer de manera presencial, gratuita, confidencial, individual y personalizada, orientación y acompañamiento durante todo el proceso.
Se trata de un servicio de acceso voluntario, al que se puede acudir para:
- Recibir apoyo psicológico.
- Asesorarse respecto a en qué va a consistir el proceso judicial y estar acompañada.
- Prepararse para el juicio.
- Tramitar la justicia gratuita en caso de que se cumplan con los requisitos exigidos.
- Informarse respecto a derechos, procedimientos legales, y recursos sociales y de atención existentes.
Además, desde este Servicio se presta un Programa piloto de acompañamiento integral en el ámbito judicial a mujeres víctimas de violencia de género “ZUREKIN” que persigue contener la ansiedad que puede generar la puesta en escena judicial; dotar a la víctima de las herramientas necesarias para afrontar el juicio mediante una información pormenorizada y personalizada del proceso; preparar a la víctima para el juicio, a fin de que se familiarice con el entorno o situar en cuotas reales las expectativas depositadas en el proceso judicial así como en los sistemas relacionados.
Entre los objetivos previstos está también facilitar la comunicación de la víctima con el entorno, socializar la espera, gestionar el acceso de la víctima a las dependencias judiciales para evitar encuentros indeseables y resolver o responder ante posibles imprevistos. Este programa se ofrece, previa valoración y evaluación de la situación por los y las profesionales del servicio, a todas las mujeres que son víctimas de cualquier manifestación de la violencia contra las mujeres (pareja o expareja, agresión y/o abuso sexual, violación, acoso sexual, trata de mujeres con fines de explotación sexual etc.), con independencia de que hayan sido o no atendidas previamente en los Servicios de Atención a la Víctima.
Ayudas económicas a las víctimas de la violencia contra las mujeres
Servicio a mujeres víctimas de la violencia de género
ORDEN de 29 de octubre de 2014, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se establece el procedimiento de concesión y de pago de la ayuda económica a las mujeres víctimas de violencia de género, prevista en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
Se trata de una ayuda económica de pago único para mujeres víctimas de violencia contra las mujeres que, debido a su edad, falta de preparación general o especializada, y circunstancias sociales, tengan especial dificultad para obtener un empleo. Los requisitos fundamentales para poder acceder a estas ayudas son:
1. Acreditación de la condición de víctima, no habiendo transcrurrido más de un año entre la entrada en vigor de las medidas de protección y la fecha de solicitud de la ayuda.
2. Tener especiales dificultades para obtener un empleo.
3. Estar empadronada en cualquier municipio dela CAEcon al menos 6 meses de antelación.
4. Carecer de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.
5. No convivir con el agresor.
Ayudas en materia de vivienda
Servicio a mujeres víctimas de la violencia de género
Etxebide: Permite inscribirse en Etxebide como demandante de vivienda en alquiler en calidad de víctima de violencia de género, lo que te otorgará 10 puntos más en la baremación general durante 2 años y, además, no habrá de acreditarse ingresos mínimos ni habrá de estar empadronada en cualquiera de los municipios para los que se solicite vivienda. Además, tal vez no es obligatorio estar carente de vivienda en todos los casos.
Adjudicación directa de vivienda en alquiler: Si habiendo estada alojada en un recurso de acogida y no se consigue una vivienda a la que acceder, la trabajadora socila podría solicitar excepcionalmente una vivienda en régimen de alquiler siempre que cumplas unos requisitos específicos.