Coordinación y cooperación interinstitucional
Contenido
- III Acuerdo Interinstitucional para la coordinación de la atención a víctimas de violencia machista contra las mujeres en la CAE
- II Acuerdo Interinstitucional para la mejora en la atención de mujeres víctimas de maltrato en el ámbito doméstico y de violencia sexual
- I Acuerdo Interinstitucional para la mejora en la atención de mujeres víctimas de maltrato doméstico y agresiones sexuales
III Acuerdo Interinstitucional para la coordinación de la atención a víctimas de violencia machista contra las mujeres en la CAE
- III Acuerdo Interinstitucional (PDF)
- III Acuerdo. Principios rectores y Protocolo de actuación coordinada (PDF)
Protocolos interinstitucionales e intersistemas
Protocolos intrainstitucionales e intrasistema
Recomendaciones Otras herramientas
II Acuerdo Interinstitucional para la mejora en la atención de mujeres víctimas de maltrato en el ámbito doméstico y de violencia sexual
El 3 de febrero de 2009, se suscribe el II Acuerdo Interinstitucional con el fin de adecuar los contenidos del primer Acuerdo Interinstitucional del 2001 a las nuevas circunstancias, derivadas fundamentalmente de modificaciones legales y otros hechos que se han producido desde entonces, y de complementar protocolos, acuerdos de colaboración y otro tipo de instrumentos jurídicos adoptados. El II Acuerdo recoge los compromisos adquiridos por las diferentes instituciones firmantes y los protocolos de actuación para los diferentes ámbitos de intervención: sanitario, policial, judicial, social, educativo y de los Colegios de Abogados y Abogadas. Se plantea además como un acuerdo marco que podrá ser desarrollado, concretado y adecuado en función de los diferentes ámbitos de intervención.
Cada año, la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Interinstitucional, aprueba un Informe de Seguimiento y Evaluación, en el que se recogen, por un lado, las acciones que cada Institución lleva a cabo durante el ejercicio en aplicación del Acuerdo y, por otro, la valoración que dichas Instituciones hacen con relación al grado de cumplimiento del Protocolo de Actuación previsto en el Acuerdo.
Actuaciones
NIÑAS Y NIÑOS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
En sesión de 28 de junio de 2017 la Comisión de Seguimiento aprobó el “Documento consensuado por las instituciones que forman parte del II Acuerdo Interinstitucional sobre enfoque y líneas de actuación para la protección de los derechos humanos de los niños y las niñas víctimas de violencia de género en Euskadi”. En este documento se resumen los acuerdos adoptados con respecto a los retos y líneas de acción para la protección de las niñas y los niños expuestos a la violencia de género desde un triple enfoque: derechos humanos, infancia y género.
- (2017) Enfoque y líneas de actuación para la protección de los derechos humanos de los niños y las niñas víctimas de violencia de género en Euskadi (PDF)
- (2014) Diagnóstico sobre la atención a niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia de género en Euskadi (PDF)
MUJERES CON DISCAPACIDAD VÍCTIMAS DE VIOLENCIA MACHISTA
La guía “Niñas y mujeres con discapacidad víctimas de violencia machista. Pautas de intervención”, es fruto de la colaboración de Emakunde con Edeka, es un documento de utilidad práctica dirigido a personas profesionales de diversos ámbitos de intervención cuyo objetivo es ofrecer una serie de pautas de actuación a fin de contribuir a una mejor calidad de atención hacia mujeres y niñas con discapacidad que hayan sido, o pudiesen ser, víctimas de violencia machista.
- (2019) Niñas y mujeres con discapacidad víctimas de violencia machista. Pautas de Intervención (PDF)
- (2017) Recomendaciones para la intervención con mujeres víctimas de violencia machista con diversidad funcional (PDF)
En el año 2015 Emakunde impulsó, en el marco del Grupo Técnico del “II Acuerdo Interinstitucional para la mejora en la atención a mujeres víctimas de maltrato en el ámbito doméstico y de violencia sexual”, un proceso de reflexión que dio como resultado el documento de “Recomendaciones para la intervención con mujeres víctimas de violencia con diversidad funcional”. Publicado en noviembre de 2017, este documento tiene como objetivo seguir avanzando en la concreción de pautas que orienten la intervención de las y los profesionales con niñas y mujeres con discapacidad víctimas de violencia, así como mejorar su atención desde un enfoque de empoderamiento y de vida independiente.
FORMACIÓN
Con fecha 27 de junio de 2014 se aprueba en la Comisión de Seguimiento del II Acuerdo Interinstitucional el Diagnóstico de formación en materia de violencia contra las mujeres.
Este diagnóstico se basa en el estado de la formación en los nueve ámbitos objeto de estudio, e incluye por un lado, el análisis de las estructuras formativas existentes en cada ámbito, las características de los programas de formación puestos en marcha durante los últimos tres años y las necesidades y demandas formativas detectadas; por otro, los resultados de una escala de opinión, actitudes y conocimientos; y finalmente, una reflexión a partir de los resultados de grupos de discusión sobre las habilidades necesarias para hacer más efectiva la intervención con mujeres que enfrentan o han enfrentado situaciones de violencia y piden apoyo a las instituciones.
Procedimiento de Actuación Interinstitucional ante Casos de Muerte.
Se acuerda adecuar, en reunión de mayo de 2013 de la Comisión de Seguimiento del II Acuerdo, el procedimiento de actuación para articular una respuesta institucional coordinada ante los casos de muerte por maltrato doméstico y violencia Sexual.
GRUPO DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN (GSI)
- Marco de trabajo del grupo de Sistemas de Información (GSI)
El GSI en un grupo que pende del II Acuerdo Interinstitucional para la mejora en la atención a mujeres víctimas de maltrato en al ámbito doméstico y violencia sexual. En reunión del 26 de abril de 2013 de la Comisión de Seguimiento decide que el grupo de trabajo sobre los indicadores mínimos a recoger dependerá de este grupo de trabajo (en lugar de trabajar en el marco del Observatorio vasco de violencia machista contra las mujeres) Se crea así un grupo específico de trabajo en el marco del II Acuerdo: Grupo de sistemas de información. - Objetivos del grupo
1) El análisis y difusión de la características, causas y consecuencias de las diferentes manifestaciones de la violencia contra las mujeres en la CAE 2) La realización de diagnósticos que permitan identificar la situación de la violencia contra las mujeres en la CAE 3) La Evaluación de la eficacia de los recursos y servicios de atención a mujeres víctimas de la violencia. - Recogida de datos sistemática y anual
El 27 de febrero de 2015 la Comisión de Seguimiento del II.Acuerdo Interinstitucional acordó y se comprometió a: 1) aprobar los indicadores de alcance mínimos, 2) informar a todas las personas implicadas en la recogida de datos sobre violencia contra las mujeres de los diferentes servicios dependientes de las entidades que representan, 3) organizar el trabajo del personal competente teniendo en cuenta el tiempo y la coordinación necesaria para una recogida apropiada y de calidad, 4) habilitar los sistemas informáticos de los diferentes servicios de las entidades representadas para poder recoger la información desagregada, 5) facilitar a Emakunde la información a través de un aplicativo informático.A partir de ese momento se puso en marcha un proceso anual de recogida de información cuantitativa y apoyo a las distintas instituciones públicas implicadas en el II.Acuerdo para facilitar su trabajo de volcado de información.
Esta recogida de información cuantitativa compromete a todas las instituciones públicas (diversos Departamentos del Gobierno Vasco, Diputaciones Forales y Entidades Locales) que cuentan con servicios o recursos dirigidos a víctimas de violencia machista contra las mujeres en el marco de la pareja o la expareja; en el ámbito intrafamiliar (excepto la ejercida por parte de la pareja o expareja); violencia sexual (ejercida por varones que no pertenecen al ámbito familiar) y otras formas de violencia, en concreto trata con fines de explotación sexual, matrimonios forzosos y mutilación genital femenina (tipos de violencia que señala el Acuerdo de Estambul).
Con la información recabada, se elaboran informes de análisis cuyos objetivos son los siguientes:
- Recoger datos estandarizados en relación con el alcance de la atención a víctimas de violencia machista contra las mujeres, que realizan las distintas instituciones públicas de la CAE, que permitan cuantificar el volumen de personas usuarias o beneficiarias de cada tipo de recurso y describir perfiles.
- Recoger datos sobre una serie de indicadores con los que medir la inversión y características de los recursos para víctimas de violencia machista contra las mujeres (en términos de personal, formación, gasto, plazas…).
- Ofrecer al conjunto de instituciones implicadas en la atención a estas víctimas una fotografía de la respuesta institucional en la CAE que facilite la reflexión compartida y la identificación de aspectos críticos y áreas de mejora.En el 2021 se ha rediseñado el cuestionario de datos para incluir y ajustar algunos de los contenidos. En este sentido, se han abordado algunos indicadores básicos sobre las características generales de los recursos de atención (relativos al gasto, personal y número de plazas de los recursos residenciales) que han permitido complementar la información sobre el volumen de mujeres y menores atendidas. Asimismo, se han incluido nuevas variables que permiten completar la recogida de información:
- Tipo de violencia que sufren las mujeres (violencia física, psicológica, sexual, económica u otras).
- La situación administrativa en la que se encuentran las mujeres.
- El número de hijos e hijas de dichas mujeres que han sido atendidas en los distintos recursos.La aplicación también ha sido rediseñada para posibilitar un acceso y uso más ágil, intuitivo y manejable. Se ha aprovechado para incluir la devolución de informes individualizados sobre los datos aportados a las instituciones informantes.
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Cuestionarios con los indicadores que se recogen:
Cuestionario de datos generales de los recursos de atención (PDF)
Cuestionario de datos sobre casos atendidos en los recursos de atención (PDF)
Cuestionario de datos sobre casos atendidos en el ámbito de la educación (PDF) - Además, en el GSI (Grupo de Sistemas de Información) se han trabajado otros indicadores que, aunque su recogida no se ha acordado, los apuntamos porque pueden ser válidos para la atención. Estos indicadores se han incorporado a la herramienta Gizartenet.
Cuestionario extenso para adaptar los sistemas informáticos (recogida caso por caso) (PDF)
Cuestionario extenso para rellenar a fin de año (datos agregados) (PDF)
I Acuerdo Interinstitucional para la mejora en la atención de mujeres víctimas de maltrato doméstico y agresiones sexuales
El 18 de octubre de 2001 se firmó el Acuerdo Interinstitucional para la mejora en la atención a las mujeres víctimas de maltrato doméstico y agresiones sexuales, a través del cual entraron en vigor los compromisos adquiridos en el Protocolo Interinstitucional suscrito el 25 de noviembre de 2000. Este Acuerdo establece unos procedimientos homogéneos de actuación que mejoran la atención prestada a las víctimas de maltrato doméstico y agresiones sexuales, garantizando su protección integral. En él, se incluyen, entre otras cuestiones, los compromisos adquiridos por las instituciones firmantes y los protocolos de actuación para cada uno de los ámbitos de intervención: sanitario, policial, judicial, social y de los Colegios de Abogados y Abogadas.
- I Acuerdo Interinstitucional (PDF).
Actuaciones
- Medidas de difusión y puesta en marcha.
- Plan de Seguridad para las Mujeres Víctimas de Maltrato Doméstico.
- Programa para la Mejora de los Recursos de Acogida y vivienda para las Víctimas de Maltrato Doméstico (2004-2005).
- Protocolo de Coordinación para la Eficacia de la Orden de Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica en el Ámbito de los Servicios Sociales.
- Análisis sobre el informe del Ararteko.
- Acuerdos de Especialidad e Incompatibilidad en la Prestación de Servicios a Víctimas.
- Propuestas terminológicas.
- Fichas de recogida de datos en el ámbito de los Servicios Sociales.
- Balance de la Aplicación del Acuerdo.
- Guía de Actuación ante el Maltrato Doméstico y la Violencia Sexual contra las Mujeres para Profesionales de los Servicios Sociales.
- Guía para la Adopción de Protocolos Locales.
- Acuerdo sobre los Órganos de Referencia para la Firma de Protocolos Locales.
Seguimiento y evaluación
1) Medidas de difusión y puesta en marcha
A continuación se recogen las medidas dirigidas a la difusión y aplicación efectiva del Acuerdo aprobadas entre los años 2002 y 2009 por la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Interinstitucional para la mejora en la atención a mujeres víctimas del maltrato doméstico:
2) Plan de Seguridad para las Mujeres Victimas de Maltrato Doméstico.
El 22 de Noviembre de 2002 la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Interinstitucional aprobó el Plan de Seguridad para las Mujeres Víctimas del Maltrato (2002-2004) que recoge nuevas medidas para reforzar la protección que se está otorgando a las víctimas de maltrato doméstico en el ámbito de la CAE. Dicho Plan recoge un total de 17 medidas divididas en 4 ámbitos de intervención: la información a las víctimas, la protección policial, la protección en el proceso judicial y la protección social.
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3) Programa para la Mejora de los Recursos de Acogida y Vivienda para las Víctimas de Maltrato Doméstico (2004-2005).
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4) Protocolo de Coordinación para la Eficacia de la Orden de Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica en el Ámbito de los Servicios Sociales.
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5) Análisis sobre el informe del Ararteko.
El 25 de noviembre de 2005 la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Interinstitucional aprobó el Análisis sobre el informe "Respuesta Institucional a la Violencia contra las Mujeres en la CAPV" del Ararteko, que analiza las recomendaciones que hace el Ararteko en su informe y plantea una serie de medidas al objeto de dar cumplimiento a aquellas recomendaciones.
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6) Acuerdos de Especialidad e Incompatibilidad en la Prestación de Servicios a Víctimas.
En sus reuniones de 20 de abril y de 25 de noviembre de 2005, respectivamente, la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Interinstitucional aprobó sendos acuerdos dirigidos a garantizar la especialización y a establecer cláusulas de incompatibilidad con relación a las y los profesionales que trabajan en la atención directa a víctimas de violencia doméstica y/o agresiones sexuales en servicios públicos gestionados directa o indirectamente por las instituciones firmantes del Acuerdo.
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7) Propuestas terminológicas.
El 25 de noviembre de 2005 la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Interinstitucional aprobó el documento Violencia contra las Mujeres. Propuestas terminológicas, al objeto de hacer una aportación al debate terminológico existente en esta materia y llegar a un mínimo consenso sobre los términos a utilizar en materia de violencia contra las mujeres por parte de las instituciones participantes en el Acuerdo.
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8) Fichas de recogida de datos en el ámbito de los Servicios Sociales.
El 25 de noviembre de 2005 la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Interinstitucional aprobó la Guía de Actuación ante el maltrato doméstico y la violencia sexual contra las mujeres para profesionales de los servicios sociales, en la que se incluye una ficha unificada para la recogida de datos, que tiene por objeto, por un lado, servir de pauta y facilitar el trabajo de las y los prefesionales a la hora de realizar las entrevistas con las victimas y, por otro lado, posibilitar la obtención de datos homogéneos para toda la Comunidad Autónoma con el fin de que puedan ser explotados y utilizados en el diseño de políticas y actuaciones en esta materia.
- Modelo de recogida de información para casos de maltrato doméstico (PDF)
- Modelo de recogida de información para casos de violencia sexual (PDF)
9) Balance de la Aplicación del Acuerdo.
Balance de los cuatros años de aplicación del Acuerdo Interinstitucional para la mejora en la atención a mujeres víctimas de maltrato doméstico y agresiones sexuales. El 25 de noviembre de 2005 la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Interinstitucional aprobó un comunicado para su posterior presentación a los medios de comunicación, en el que se realiza un balance de los cuatro años de aplicación del Acuerdo desde su creación el 18 de octubre de 2001.
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10) Guía de Actuación ante el Maltrato Doméstico y la Violencia Sexual contra las Mujeres para Profesionales de los Servicios Sociales.
La Guía tiene por objeto dar información y pautas a las personas que trabajan en el ámbito de los servicios sociales para facilitar su crucial labor ante los casos de maltrato doméstico y violencia sexual contra las mujeres. En ella se recogen, en una primera parte, aspectos teóricos y generales sobre este tipo de violencia y, en una segunda parte, más práctica, pautas y recomendaciones para la intervención social ante estas situaciones.
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11) Guía para la Adopción de Protocolos Locales.
Esta Guía, elaborada por Eudel en colaboración con Emakunde, tiene por objeto proporcionar una serie de pautas o directrices para la adopción de protocolos locales para la mejora en la atención a mujeres víctimas de maltrato doméstico y agresiones sexuales.
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12) Acuerdo sobre los Órganos de Referencia para la Firma de Protocolos locales.
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Seguimiento y evaluación
A continuación se muestran los Informes de Seguimiento y Evaluación que la Comisión de Seguimiento del Acuerdo aprueba anualmente: